- El Estado elabora la ley orgánica de educación.
- El Gobierno establece las leyes mínimas.
- Basandose en ello, las Comunidades Autónomas establecen el Currículo.
El currículo se entiende como el conjunto de objetivos, competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de cada una de las enseñanzas reguladas en la Ley Orgánica de Educación.
Funciones
- Hacer explícitas las intenciones del sistema educativo. Representa lo que la sociedad espera del sistema educativo.
- Sirve como guía para orientar al educador en la práctica pedagógica. Es un instrumento que pretende ser útil al educador, servir como guía orientadora y eficaz para organizar su práctica.
Características
- Documento preescriptivo.
- Contextualiza objetivos, fines y principios de cada etapa.
- Es abierto y flexible, permite autonomía de los centros, adaptaciones, respeta las características del centro.
- Exige una planificación.
Tipos de curriculo
Abierto y Cerrado
- Abierto. Dispone de cierta flexibilidad.
- Cerrado. Las posibilidades de innovación y concreción de nuevos contenidos son nulos.
Explícito y Oculto
- Explícito. Proviene de las enseñanzas provistas en el currículo y desarrolladas por las programaciones.
- Oculto. Aquellos aprendizajes que se producen sin intención, no están dados de manera explícita, son aprendidos a causa de la interacción.
Formal o Real
- Formal. Está escrito y coincidirá con el currículo explícito.
- Real. Es el que realmente, de manera efectiva se llevará a la práctica.
Responde a cuatro preguntas claves.
- ¿Qué enseñar? Se responde con los contenidos y objetivos.
- ¿Cuándo enseñar? Se responde ordenando y secuenciando estos objetivos y contenidos para adecuarlos al desarrollo evolutivo de los niños.
- ¿Cómo enseñar? Se responde con cuestiones metodológicas.
- ¿Qué, cuando y cómo evaluar? Se responde con la evaluación.
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